DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGIA
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12073
16 de diciembre, 2011
DFOE-AE-0441
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta sobre el proyecto de ley denominado “Ley para garantizar
la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento permanente de nuestros
parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694) el cual se tramita
en el expediente No.18251.
En atención a su solicitud planteada mediante oficio AMB-401-2011, recibido en esta
Contraloría General el 16 de noviembre de 2011, nos permitimos rendir criterio sobre el texto
del proyecto de “Ley para garantizar la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento
permanente de nuestros parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694)”
I- Exposición de motivos:
Se indica en la exposición de motivos que el sistema nacional de parques nacionales que
inició hace más de cuarenta años para la conservación de la diversidad biológica y del
patrimonio natural, es un ejemplo a nivel mundial al lograr crear 28 parques nacionales y otras
138 áreas silvestres bajo diversas denominaciones, tales como reservas biológicas, zonas
protectoras, refugios de vida silvestre, humedales y reservas forestales.
Según fuentes de información que se mencionan en la exposición de motivos, así como la
referencia a estudios del MINAET y el ICT, el turismo que es una de las principales fuentes de
divisas del país, viene interesado en la visita de las áreas protegidas, así un 64% de su tiempo
de permanencia se dedica a su disfrute. Dicha actividad también permite el desarrollo de la
industria turística local o regional, lo cual beneficia directamente a miles ...
Fecha publicación: 20/12/2011
Fecha emisión: 16/12/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA OPERATIVA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 11356
28 de noviembre, 2011
DFOE-EC-0541
Licenciada
Gloria Abraham Peralta
Ministra
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG)
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería
(MAG), sobre la utilización de recursos del Convenio de Financiación
Específico N° DCI-ALA/2008/019-470.
Nos referimos a su oficio Nro. DM-572-11, complementado con el oficio Nro. DMR-
653-11, mediante el cual consulta a esta Contraloría General:
a. “¿Es legalmente factible la aplicación de los procedimientos de contratación de
la Unión Europea, establecidos mediante la “Guía Práctica de los
procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la Unión
Europea”, en las adquisiciones y contratos que se financien con los recursos
no reembolsables donados por la Unión Europea en el marco del Convenio de
Financiación N°DCI-ALA/2008/019-470 para la ejecuci ón del Proyecto “Apoyo
al cumplimiento de las medidas sanitarias y fitosanitarias”, en el entendido de
que estos recursos serán incorporados en el presupuesto institucional de
SENASA y se movilizarán por medio de cuentas específicas abiertas en caja
única del Estado?
b. ¿A efecto de movilizar los recursos de la Unión Europea mediante el
presupuesto institucional, en este caso de SENASA, éstos se deben aplicar
como recursos específicos?”
Una vez realizado el análisis de mérito, procedemos a atender sus consultas:
Señala en el punto VII de la sección A. Antecedentes de su oficio de consulta1 que:
1 Oficio Nro. DM-572-11
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE ...
Fecha publicación: 02/12/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 11946
29 de noviembre, 2011
DFOE-PG- 420
Licenciada
Maribel Salazar Valverde
Directora Ejecutiva
PATRONATO DE CONSTRUCCIONES,
INSTALACIONES Y ADQUISICIÓN DE BIENES
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el manejo y registro de algunas cuentas en el proceso de
implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector
Público.
En su oficio D.E. PCIAB-997-2011 de fecha 20 de octubre de este año, informa que el
Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes (PCIAB) está en el proceso
de implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) y
de un software para los registros contables y presupuestarios de la institución; y a la vez plantea
una serie de consultas al respecto.
I. MOTIVO DE LA CONSULTA
A raíz de lo comentado, manifiesta que se ha presentado una serie de dudas en el
manejo y registro de algunas cuentas, por lo cual solicita a esta Contraloría se indique el
procedimiento a seguir en relación con los siguientes aspectos:
a) Si los activos fijos adquiridos por el PCIAB que están a nombre del Ministerio de
Justicia y Paz, tiene que registrarlos el Patronato como activos fijos dentro de su contabilidad o
le corresponde hacerlo al Ministerio de Justicia y Paz por medio de la Proveeduría Institucional
y la Oficialía Presupuestal.
b) Cómo se debe realizar el manejo y/o registro de los inventarios de materiales y
suministros que adquiere el PCIAB, tanto para el Departamento de Arquitectura como para el de
Producción Agroindustrial, que pertenecen a la Dirección General de Adaptación Social.
Como antecedentes a considerar se aporta el criterio de la Contabilidad ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11247
14 de noviembre de 2011
DFOE-AE-0410
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefa de Área
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE TURISMO
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de “Ley para la protección de pequeñas y
medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de
residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180.
Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en
su condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la
Hacienda Pública, y en atención del oficio No. TUR-965-18.180-11 del 14 de octubre
de los corrientes, la Contraloría General, dentro del plazo otorgado al efecto, procede
a rendir el criterio solicitado acerca del proyecto de ley denominado “Ley para la
protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas
costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180, se indica
lo siguiente:
1. Consideraciones sobre la exposición de motivos.
De conformidad con la exposición de motivos del proyecto de ley de referencia,
se desprende la pretensión de que se equipare el impuesto territorial al canon que
pagan los concesionarios en las zonas costeras, especialmente para los residentes y
los pequeños y medianos empresarios turísticos y comerciantes.
Al respecto, cabe aclarar que el canon no tiene naturaleza tributaria, pues se
trata de una contraprestación pecuniaria que efectúa el concesionario por el uso y
disfrute especial que se hace del dominio marítimo-terrestre y por la ventaja que se
obtiene frente a las demás personas, al no disponer de ese bien público con
exclusividad, cuya prestación no se impone en forma coactiva, como en el caso de los
tributos, sino que depende de una solicitud voluntaria del interesado y de su
compromis ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 14/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.11135
10 de noviembre, 2011
DFOE-IFR-0677
Licenciada.
Maribel Muñoz Arrieta
Subauditora
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
CETAC
Estimada señora:
Asunto: Se da respuesta a criterio requerido por la Licda. Maribel Muñoz Arrieta
Subauditora del Consejo Técnico de Aviación Civil solicitado mediante
oficio Nro. AI-201-2011 del 09 de setiembre del presente año sobre el
uso de la carta de crédito local como medio para ejecutar recursos
presupuestarios en períodos siguientes.
Mediante la nota de referencia se solicita el criterio de este órgano contralor en
relación con la legalidad de la utilización del crédito documentario local y el manejo
presupuestario que, alrededor de ese mecanismo de pago, se efectúa en Consejo
Técnico de Aviación Civil.
1. SOBRE LA CONSULTA FORMULADA
1.1 ANTECEDENTES
Se esbozan en el oficio Nro. AI-201-2011, lo que denominan como
“situación base de la consulta” que de manera resumida, indica lo siguiente:
1. Que resulta factible para la Administración activa el uso de cartas de
crédito:
? Haya sido incluida o no en el cartel o el contrato como forma de
pago.
? La carta de crédito se emite después de la formalización
contractual y de la elaboración del pedido (Orden de Compra),
esto por lo general después del 13 de diciembre del año en que
se previó el presupuesto.
? Lo plazos contractuales superan el periodo en que se
confecciona el pedido. La ejecución se da en el año o años
siguientes.
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
DFOE-IFR-0677 2 10 de noviembre, 2011
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-81 ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 09/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11027
8 de noviembre, 2011
DFOE-SAF-0415
Diputado
Edgardo Araya Pineda
Presidente
Comisión Especial Permanente Expediente 18.270
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto: Criterio sobre el Proyecto: “Ley de Solidaridad Tributaria” Expediente Nº
18261.
En atención al oficio CE-07-10-11 se atiende consulta de esa Comisión, en relación
con el criterio de esta Contraloría sobre el Proyecto “Ley de Solidaridad Tributaria”,
Expediente N° 18.261, según versión publicada en Alcance 70 a La Gaceta 187 del 29 de
septiembre del 2011. Advertimos que, en oficios 2620 del 21 de marzo pasado y 7686 del
22 de agosto del año en curso, se habían respondido las consulta formuladas en su
oportunidad, sobre dicho proyecto de ley, en sus primeras dos versiones.
1. Consideraciones Generales
En los precitados oficios, así como en dos recientes documentos remitidos por esta
contraloría a la Comisión de Asuntos Hacendarios –Evolución Fiscal y Presupuestaria del
Sector Público, Primer Semestre del 2011, e Informe Técnico sobre el Proyecto de Ley de
Presupuesto de la República 2012-, nos referimos al desbalance que se presenta en la
configuración de ingreso y gasto del Gobierno Central.
Junto con un déficit financiero que supera el 5% del PIB, se ha observado un
crecimiento desproporcionado del gasto corriente primario, principalmente a partir del
2008, el cual alcanzó un nivel del 15.0% del PIB en el 2010, comparado con 10.4% en
2006, reflejado sobre todo en las partidas de remuneraciones y de transferencias
corrientes. Se presenta déficit primario en forma sostenida, lo que por sí solo es casi
sinónimo de creci ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: FISCALIZACION EVALUATIVA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10868
4 de noviembre, 2011
DFOE-PG-396
Licenciado
Luis Eduardo Peraza Murillo
Director Nacional
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre si los superávit que reportan las asociaciones o federaciones
deportivas de los recursos que les transfiere el ICODER, son considerados
libres o específicos y otros aspectos de interés.
Mediante oficio DN-2274-09-2011 solicita el criterio de esta Contraloría General sobre si
los superávit que reportan las asociaciones o federaciones deportivas de los recursos que les
transfiere el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), son considerados
libres o específicos, a efecto de determinar la aplicación del Decreto Ejecutivo N° 34040-H.
Adjunta a su gestión el criterio de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, el
cual concluye que esos superávit son libres y no específicos, por lo cual les aplica el decreto
ejecutivo supracitado. Manifiesta que la Secretaría Técnica indica que le corresponde a este
órgano contralor autorizar el gasto de los superávit a las asociaciones o federaciones
correspondientes. Agrega que la Secretaría Técnica no concreta la respuesta esperada por
cuanto el mismo decreto ejecutivo dictamina que los superávit son de las entidades y que
solamente se deben aplicar en gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, aspecto
sobre el que versa la consulta planteada. Adicionalmente señala que la tarea normal de esas
entidades deportivas se concentra, precisamente en actividades cuyo objeto del gasto se refleja
en cuentas o renglones presupuestarios no autorizados por el decreto ejecutivo en mención,
tales ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No 10862
4 de noviembre de 2011
DFOE-PG-394
Señora
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefe de Área, Comisión Permanente Especial de
Juventud, Niñez y Adolescencia
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Observaciones respecto al proyecto “Ley Orgánica del Ministerio del Deporte y
la Recreación (MIDEPOR)”, Expediente N° 17484.
En atención a su oficio número CJNA-792-17484, mediante el cual consulta el criterio de
esta Contraloría General en relación con el proyecto “Ley Orgánica del Ministerio del Deporte y
la Recreación (MIDEPOR)”; dentro del plazo conferido, se exponen las siguientes
observaciones.
En síntesis, el texto en análisis corresponde al texto sustitutivo acogido como base de
discusión por la Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia, en sesión
Nº 14 del 21 de setiembre de 2011.
Dicho texto contiene, entre otros aspectos, la creación del Ministerio del Deporte y la
Recreación (MIDEPOR), sus objetivos, atribuciones y organización, y señala asimismo las
atribuciones del Ministro. Además, contempla la creación del Premio Nacional Deportivo Claudia
Poll (y deroga Ley Nº 7703); otorga exención tributaria al Ministerio, así como al Comité
Olímpico, las federaciones y asociaciones deportivas, y comités cantonales de deportes. En
cuanto al financiamiento, establece que será con cargo al presupuesto de la República.
En cuanto a la organización, se elimina el Congreso Nacional del Deporte, órgano del
Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), y se crean la Comisión Nacional
del Deporte y la Comisión Nacional de Actividad Física y Recreación, como órganos del
Instituto, asesores del Consejo.
Por o ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 10564
28 de octubre, 2011
DCA-2821
Licenciado
Francisco Segura Montero
Subdirector General
Organismo de Investigación Judicial, Poder Judicial
Estimado señor:
Asunto: Se da acuse de recibo de su nota, a la vez que se atiende la inquietud planteada en
su nota 713-DG-11.
Nos referimos a su nota 713- DG-11 mediante la cual se permite “trasladar la necesidad que tiene
este organismo de suscribir un contrato con el Instituto Costarricense de Electricidad para la
formalización de los servicios de interconexión del sistema de radio troncalizado”.
Conocido el contenido de su nota, se procede a señalar lo siguiente:
1. Se da acuse de recibo del oficio 713- DG-11.
2. Objeto de la gestión presentada
Ese Organismo no plantea un trámite específico, siendo que en su nota se describe una situación
que se genera entre el O.I.J. y el ICE respecto a la intención de suscribir un convenio, para el uso
del sistema troncalizado terrestre que pertenece al primero, específicamente para el “suministro de
servicios de radiocomunicación móvil por medio del sistema de radio troncalizado”.
Se indica en su nota que la celebración del convenio no se ha dado aún, pese al acercamiento que el
O.I.J. ha buscado con el ICE y a fin de evitar que se continúe con el pago de un servicio que se
realiza como “contratación irregular”. Aporta copia del oficio 226-OR-10 dirigido al ICE en
relación con este tema, así como el borrador del documento cuya firma se plantea.
Refiere además a una de las condiciones establecidas en el Oficio No.12995-2008, dirigido al ICE y
emitido por este órgano contralor, en el cual se le indicó que debía mantener al día los convenios
con los distintos usuarios del sistema troncalizado terrestre.
2
Sobre el particular, ha de indicarse lo siguiente:
? Este órgano contralor no está ...
Fecha publicación: 02/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Institución: NO APLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10335
24 de octubre, 2011
DFOE-PG-385
Máster
William Araya Cisneros
Auditor Interno
CONSEJO NACIONAL PARA INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio sobre reservas del presupuesto para cubrir compromisos
para años futuros.
Mediante oficio A.I-028-2011 de fecha 5 de octubre, consulta sobre las vías legales con el
fin de hacer reservas del presupuesto para cubrir compromisos para años futuros.
Con respecto a su consulta procede indicar que la disciplina presupuestaria o principio de
legalidad presupuestaria se instaura por medio de conceptos constitucionales, en los que se
establece, en lo que interesa, que:
“Artículo 176.- El presupuesto ordinario de la República comprende todos los
ingresos probables y todos los gastos autorizados de la administración pública,
durante todo el año económico. En ningún caso el monto de los gastos
presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables. / Las Municipalidades
y las instituciones autónomas observarán las reglas anteriores para dictar sus
presupuestos.”
En una necesaria articulación con el marco constitucional, leyes como por ejemplo, la Ley
de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nro. 8131, contiene
una serie de principios derivados del mandato constitucional, aplicables al sector público
costarricense, interesando resaltar los siguientes:
“Artículo 5.- Principios presupuestarios. Para los efectos del artículo anterior,
deberán atenderse los siguientes principios presupuestarios: (…) d) Principio de
anualidad. El presupuesto regirá durante cada ejercicio económico que irá del 1°
de enero al 31 de diciembre. ( ...
Fecha publicación: 28/10/2011
Fecha emisión: 19/10/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO